DESCRIPCIÓN DE LA TAXONOMÍA EUROPEA
INTRODUCCIÓN
La taxonomía es posiblemente una de las iniciativas más importantes que ha llevado a cabo la UE, para regular un requisito de divulgación con respecto a un objetivo de sostenibilidad, en este caso el compromiso de la UE de ser neutral en carbono para 2050. Establecida a través del Reglamento UE 2020/852, la taxonomía de la UE para empresas obliga a divulgar las medidas que toman en cuestiones relacionadas con el medio ambiente, impacto social y en materia de gobernanza. Establece exigencias, diferentes clasificaciones y formas de informar sobre las actividades que se realizan en materia de sostenibilidad.
Al mismo tiempo la taxonomía de la UE se convierte en el marco de actuación de financiación sostenible de la UE y una importante herramienta de transparencia del mercado. Ayuda a dirigir las inversiones a las actividades económicas más necesarias para la transición, en consonancia con los objetivos del Pacto Verde Europeo.
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?
- Tiene por objetivo informar a los inversores si una actividad económica es medioambientalmente sostenible mediante el establecimiento de criterios comunes a toda la Unión Europea (UE).
- Modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros.
En definitiva, la taxonomía es un sistema de clasificación que define los criterios para las actividades económicas que están alineadas con una trayectoria de cero emisiones netas para 2050 y los objetivos ambientales más amplios distintos del clima.
PLAN DE ACCIÓN SOBRE CRECIMIENTO SOSTENIBLE
El presente Reglamento de «taxonomía» es una de las acciones designadas para ayudar a la consecución de los tres objetivos del plan de acción, los cuales son:
- reorientar los flujos de capital hacia inversiones sostenibles, a fin de lograr un crecimiento sostenible e inclusivo;
- gestionar los riesgos financieros derivados del cambio climático, las catástrofes naturales, la degradación del medio ambiente y los problemas sociales;
- fomentar la transparencia y las perspectivas a largo plazo de la actividad financiera y económica.
CRITERIOS
Para poder decidir si una actividad económica es medioambientalmente sostenible, la UE y los Estados miembros de la UE deben aplicar los siguientes criterios establecidos en el presente Reglamento:
- que contribuya sustancialmente a uno o varios de los objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento;
- que no cause ningún perjuicio significativo a ninguno de los objetivos medioambientales establecidos;
- que se lleve a cabo de conformidad con las garantías mínimas establecidas en el Reglamento;
- que se ajuste a los criterios técnicos de selección que hayan sido establecidos por la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento.