INTRODUCCIÓN
La Ley Orgánica de Igualdad 3/2007 fue el punto de inicio de la integración de la igualdad en el ámbito social y también empresarial. A partir de esta Ley se desarrolló la implantación de Planes de igualdad de oportunidades y Protocolos de prevención y actuación frente al acoso en el ámbito laboral, para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo.
Posteriormente, con la aprobación del Real Decreto-ley 6/2019 del 1 de marzo se establecieron medidas para garantizar la igualdad de trato entre hombres y mujeres dentro del ámbito laboral. También se precisa cual debe ser el contenido y el registro. La aprobación de este Real Decreto-ley establece nuevas obligaciones para las empresas: a partir de ahora las empresas de 50 o más personas trabajadoras deben disponer de un plan de igualdad; la creación de un registro de salarios para evitar la discriminación por razones de género además, de la equiparación de la suspensión del contrato del progenitor distinto de la madre biológica.
El Real Decreto 901/2020 de 13 de octubre, tiene como objetivo el desarrollo reglamentario del diagnóstico, su contenido, las auditorías salariales, seguimiento y evaluación de los planes de igualdad y Registro de Planes de Igualdad.
Y por último, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, desarrolla y regula las nuevas formalidades con la finalidad de luchar contra la brecha salarial entre mujeres y hombres, entre las que destaca el registro y la auditoria salarial. Tiene como objetivo establecer medidas específicas para hacer efectiva la igualdad de trato y no discriminación en materia retributiva entre mujeres y hombres.