ENTIDADES VALENCIANAS SOCIALMENTE RESPONSABLES

 

Te acompaño en el proceso de adhesión de tu empresa en el Registro Valenciano de Entidades Socialmente Responsables. Supone un proceso de llevar a tu organización a una posición de valor, de compromiso y competitividad. Una vez inscrita en este registro (SIR) tu empresa podrá disponer de mejores condiciones para la financiación, oportunidades de negocio, solidez en el mercado actual o nuevos mercados, además de añadir valor a tu empresa, productos y marca.

 

1 – ¿Qué es el registro de entidades valencianas socialmente responsables?

 

El Registro de entidades valencianas socialmente responsables (o Registro SIR) es un registro adscrito a la Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de carácter público y naturaleza administrativa, en el que pueden ser inscritas las entidades, siempre y cuando hayan obtenido la calificación de entidad valenciana socialmente responsable.

Se  crea por la Ley 18/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, para el fomento de la responsabilidad social (en adelante, Ley 18/2018), y posteriormente se desarrolla en el Decreto200/2022, de 25 de noviembre, del Consell, por el cual se regula la responsabilidad social en las entidades valencianas (en adelante, Decreto200/2022).

 

2 – ¿Qué beneficios obtienen las entidades tras suscripción como entidad valenciana socialmente responsable?

 

Además de los beneficios indicados por la Ley 18/2018, aquella entidad calificada como entidad valenciana socialmente responsable inscrita en el Registro SIR gozará de las siguientes ventajas:

          1. Demostrar su compromiso con la responsabilidad social.
          2. Promover la relación con otras entidades de la Unión Europea.
          3. Obtener mejor acceso a la financiación a la inversión OA los seguros
          4. Ser valorada de forma preferente por las administraciones públicas.
          5. Mejorar el control interno y la toma de decisiones.
          6. Avanzar y adaptarse a la confección de información sobre sostenibilidad.

 

¿Qué beneficios concretos tienen las Pymes?

 

Además de los beneficios anteriores, las empresas inscritas podrán:

      • Acceder a nuevas oportunidades de negocio.
      • Formar parte de las cadenas de valor sostenibles del resto de empresas, en especial de las más grandes.
      • Anticiparse al impacto regulatorio en el ámbito financiero, del compliance y de la gobernanza.
      • Aportar valor añadido a su empresa, marcas, productos y servicios.

3 – ¿Qué entidades pueden ser calificadas e inscritas como entidad valenciana socialmente responsable?

 

Además de los requisitos establecidos en el apartado 2 del artículo 8 del Decreto 200/2022, han de cumplirse los siguientes requisitos:

 

    1. Las entidades valencianas socialmente responsables, además del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes, deberán haber adoptado en su gobierno, gestión y estrategia empresarial o institucional la integración voluntaria de principios y valores socialmente responsables.

Los principios y valores socialmente responsables se corresponden con los aspectos éticos, sociales y laborales, medioambientales y de I+D+i, previstos en la Ley 18/2018.

Para considerar que una entidad valenciana socialmente responsable cumple con esos valores, se tendrán en cuenta las circunstancias indicadas en los artículos 4 a 7 del Decreto200/2022.

La verificación del cumplimiento de los valores de responsabilidad social se realizará por medio de una auditoría social, efectuada por una persona física, entidad u organismo independiente que posea experiencia en auditorías, verificación, certificación o normalización y cumplimiento. La auditoría tendrá que estar firmada al menos por una persona que posea titulación superior, salvo en el caso de aquellas entidades con una plantilla inferior a 50 personas, como se indica posteriormente en el apartado 3.c.

 

    1. Obtener en la autoevaluación, al menos, la puntuación mínima establecida en todas las dimensiones (artículos 12, 13 y 15 del Decreto 200/2022).

 

4 – Documentación a presentar.

 

La documentación a presentar es la siguiente:

 

    1. La solicitud vía telemática, en este mismo enlace. Solicitud. En este mismo enlace de solicitud, se describe la documentación a presentar.

 

    1. La autoevaluación según el sistema de indicadores vigente en cada momento (actualmente establecido en el Anexo II del Decreto 200/2022), cuya finalidad es evaluar el desempeño en materia de sostenibilidad mediante información neutral y comparable de forma intersubjetiva y dinámica. Los indicadores propuestos se basan en modelos de referencia internacional, buscando el máximo común denominador entre todos, y constituyen un sistema de información completo que contempla todas las dimensiones de la sostenibilidad.

 

Este sistema de autoevaluación permite a las entidades autoevaluarse, conocer su estado de situación en materia de responsabilidad social y sostenibilidad, y aspirar al reconocimiento como socialmente responsables si así lo desean y cumplen los indicadores mínimos fijados.

 

    1. Una Memoria de responsabilidad social o de sostenibilidad que recoja sistemáticamente sus resultados analíticos, de acuerdo con los criterios y valores expresados en el Decreto200/2022, y que se ajuste a los siguientes principios:

 

      • Ser transparente y veraz.
      • Incluir opiniones de grupos de interés.
      • Ser verificable, completa, relevante y adecuada al contexto organizacional de la entidad.
      • Ser precisa, neutral, comparable y clara.

 

La memoria deberá basarse en alguno de los modelos nacionales o internacionales generalmente admitidos: EMAS, GRI, Balance del bien común, SA 8000, ISO 26000, etc

 

      • En el caso de las entidades de menos de 50 personas en plantilla, estas podrán transformar, si así lo desean, el resultado de la autoevaluación en la memoria de responsabilidad social exigida en el procedimiento.
      • A esta memoria, que deberá tener todos los campos rellenables cumplimentados y estar firmada electrónicamente, deberán acompañarse los documentos que acrediten la veracidad de su evaluación o una declaración responsable.

 

    1. Un INFORME DE LA AUDITORÍA SOCIAL, o auditoría de verificación social externa, que, más allá de las exigencias legales, se constituye como una herramienta útil para la propia entidad, ya que ayuda al control interno y a la mejora continua en la gestión, incrementa la credibilidad de la información proporcionada y refuerza su imagen y reputación.

 

Para preservar el valor y la relevancia de este informe de verificación, debe ser realizado por una persona física, entidad u organismo independiente y solvente que posea experiencia en la materia y que sea diferente de quien hubiera realizado la memoria de responsabilidad social o de sostenibilidad.

 

MÁS INFORMACIÓN

 

“El cambio es el proceso mediante el cual el futuro invade nuestras vidas”.

Alvin Toffler. Escritor y sociólogo estadounidense (1928-2016)

 

 

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